30 julio 2021 Informes

Informe de fiscalización de la Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana. Ejercicio 2020

València, 30 de julio de 2021.- La Sindicatura de Comptes ha realizado un informe de fiscalización del ejercicio 2020 de la Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana (FISABIO), en el que destacan las conclusiones y recomendaciones que figuran a continuación.

Control formal de las cuentas anuales

En la revisión efectuada se ha comprobado que FISABIO ha elaborado todos los documentos que integran las cuentas anuales de conformidad con la estructura y el contenido que exige su normativa reguladora, habiendo sido aprobadas por el patronato de la Fundación en fecha 29 de junio de 2021.

Fiscalización de la contratación

Se han detectado los siguientes incumplimientos significativos de la normativa aplicable a la gestión de la contratación:

  1. En uno de los contratos analizados debería haberse excluido a uno de los dos licitadores, en cumplimiento del principio de igualdad y no discriminación que establece la normativa de contratación pública, ya que había presentado una proposición técnica defectuosa o irregular, no susceptible de subsanación, y se debería haber seguido el procedimiento de adjudicación con el otro licitador.
  2. En un contrato menor no queda justificado que el precio del contrato se adecue al precio general del mercado en los términos que establece la normativa de contratación pública y se ha comprobado que el servicio se ha facturado con anterioridad a la aprobación del gasto, incumpliéndose el procedimiento establecido.

Recomendaciones

En el informe de fiscalización se recogen las siguientes recomendaciones con la finalidad de mejorar la gestión económico-financiera de FISABIO:

  1. Con la finalidad de que FISABIO pueda acogerse a la opción legal que permite la normativa sobre contratación pública y no quedar obligada a efectuar una licitación de los contratos basados en el acuerdo marco AM-1/2019, debe promoverse la modificación de este, con la finalidad de definir exactamente las características concretas de los productos a suministrar y, entre otras cuestiones, el objeto del contrato, el precio concreto que se atribuye a los suministros especificados y los plazos y condiciones de los suministros.
  2. En los procedimientos de contratación debe garantizarse que se promueva una competencia real y efectiva entre licitadores, con el objeto de conseguir la mejor relación calidad-precio.
  3. Se recomienda que en el momento de la aprobación del expediente de cada contrato se concrete exactamente la persona, y su suplente, que va a formar parte de la mesa de contratación en esa licitación.
  4. En los pliegos de cláusulas administrativas particulares y sus documentos anexos debería regularse con mayor detalle los aspectos relacionados con la posibilidad de subcontratación de la ejecución del contrato.
  5. Los informes que atribuyen las puntuaciones de las ofertas sometidas a criterios evaluables mediante fórmulas deberían ser más detallados, de manera que explicitasen todas las operaciones realizadas y sobre qué cuantías se operan para llegar al resultado final, así como el cálculo y la cifra que representaría una oferta desproporcionada o con valores anormales.
  6. FISABIO debería identificar claramente en los expedientes relativos a los contratos menores la persona que ostenta la condición de órgano de contratación y señalar estos mismos extremos en las publicaciones que se realicen en la plataforma de contratación del sector público.
  7. En los contratos menores en los que se verifiquen las competencias como órgano de contratación en favor del personal investigador, resulta imprescindible que se haga advertencia expresa a estos, de forma clara y comprensible, acerca de la delegación específica que recae sobre ellos como órgano de contratación, así como de las obligaciones y responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
  8. En la adquisición de ordenadores portátiles u otro tipo de material informático, FISABIO debería estudiar la posibilidad de promover licitaciones agrupadas, intentando evitar el recurso a la contratación menor, con la finalidad de incrementar las garantías de los procedimientos y obtener mejores precios en las adjudicaciones.

Para ver el informe completo, haga clic aquí. 


NOTA:

Este resumen pretende ayudar a comprender los resultados de nuestro informe y facilitar la labor a los lectores y a los medios de comunicación. Recomendamos su lectura para conocer el verdadero alcance del trabajo realizado.