22 septiembre 2022 Informes

Informe de fiscalización de diversos aspectos de la gestión del Ayuntamiento de Moncada. Ejercicios 2019-2020

València, 22 de septiembre de 2022.- La Sindicatura de Comptes ha realizado una fiscalización de diversos aspectos de la gestión del Ayuntamiento de Moncada correspondiente a los ejercicios 2019-2020, que ha puesto de manifiesto determinados incumplimientos, así como una serie de recomendaciones para mejorar la gestión económico-financiera del Ayuntamiento.

Conclusiones del control formal de la rendición de cuentas y de la revisión financiera

A continuación, se detallan los incumplimientos más significativos y otros aspectos importantes observados:

  • El Ayuntamiento no nos ha hecho entrega del certificado de las actas del Pleno y de la Junta de Gobierno Local celebradas hasta la fecha de discusión del borrador del Informe (junio de 2022), lo que supone una limitación al alcance de nuestro trabajo.
  • La Cuenta General del ejercicio 2019 fue formada por la Intervención el 6 de octubre de 2020, sometida a dictamen de la Comisión Especial de Cuentas el 1 de diciembre de 2020, presentada al Pleno y aprobada por este el 21 de enero de 2021, fuera del plazo legal extraordinario previsto en el artículo 48.3 del RDLMUC (1) .
  • En 2019 se han reconocido obligaciones sin consignación presupuestaria por importe de 1.411.620 euros sin el correspondiente acuerdo plenario de aprobación del reconocimiento extrajudicial de créditos.
  • El resultado presupuestario de 2019 está infravalorado en 1.110.194 euros y el remanente de tesorería sobrevalorado en 360.264 euros debido a la inadecuada imputación de los gastos al ejercicio presupuestario procedente.

Conclusiones sobre el cumplimiento de requerimientos legales y reglamentarios

En este apartado se exponen los incumplimientos más significativos sobre requerimientos legales, entre los que podemos destacar:

  • No han sido aprobados definitivamente los presupuestos correspondientes a los ejercicios 2019 y 2021, incumpliendo el artículo 169.6 del TRLRHL y el artículo 21 del Real Decreto 500/1990.
  • En tres expedientes de modificación presupuestaria de 2019 la intervención no elaboró los respectivos informes de estabilidad presupuestaria, regla de gasto y límite de deuda.
  • El Ayuntamiento no ha remitido el informe negativo de estabilidad presupuestaria de una modificación presupuestaria a la Dirección General de Coordinación Financiera con Entidades Locales u órgano competente de la comunidad autónoma. Tampoco se ha elaborado el plan económico financiero previsto legalmente.
  • Existen incumplimientos reiterados en los plazos de aprobación de las cuentas generales de 2019 y 2020, así como de los plazos de remisión a la Sindicatura de Comptes y de aprobación de las liquidaciones presupuestarias.
  • Se han detectado subvenciones directas no incluidas en el plan estratégico ni en el presupuesto de la entidad por importe de 30.000 euros.

Fiscalización de la contratación

Como resultado del trabajo de fiscalización de la contratación del ejercicio 2020, se han puesto de manifiesto determinados incumplimientos significativos de la normativa aplicable, que suponen la emisión de una opinión desfavorable. A continuación, se muestran los más significativos:

  • Durante la mayor parte del ejercicio 2020 la entidad Moncada, Servicios Urbanos, SA (MSU), medio propio del Ayuntamiento, ha realizado las actividades y servicios encargados por el Ayuntamiento sin la formalización de los oportunos encargos e instrucciones y sin la determinación de las tarifas aplicables.
  • Se producen diversos incumplimientos relativos a la no publicación de los contratos en el perfil de contratante, en la relación remitida a la Sindicatura y en el ROCSP(2) .
  • Hemos detectado gastos que superan los umbrales legales de contrato menor, para los que no se ha tramitado ningún contrato de los regulados en la LCSP, por importe total de 270.956 euros.
  • Durante los ejercicios 2018 y 2019 la sociedad MSU ha contratado de forma directa la totalidad de sus adquisiciones de bienes y servicios sin que se haya formalizado ninguno de los procedimientos de contratación previstos en la LCSP.
  • En dos de los contratos revisados, tramitados por procedimiento de emergencia, no consta la declaración previa de emergencia por parte del órgano de contratación.
  • En uno de los contratos, habiendo resultado la oferta del adjudicatario anormalmente baja, no consta en el expediente ningún informe técnico donde se analice la documentación solicitada por este motivo.
  • En uno de los expedientes tramitados por emergencia no consta ningún informe técnico que justifique dicha situación.
  • No ha sido suficientemente justificada la adjudicación a uno de los contratistas incluidos en un contrato basado en un acuerdo marco ni constan en el expediente las consultas que han de realizarse a las empresas seleccionadas en dicho acuerdo marco.
  • En relación con la muestra de contratos formalizados en ejercicios anteriores, en el caso de seis expedientes hay que observar que no han sido facilitadas las facturas y los pagos correspondientes al ejercicio 2020 para su verificación, lo que ha supuesto una limitación al alcance del trabajo realizado.

Recomendaciones

Finalmente, se incluyen diversas recomendaciones para mejorar la gestión económico-financiera del Ayuntamiento, entre las cuales destacamos las siguientes:

  • El Ayuntamiento debe elaborar de forma adecuada los presupuestos de cada ejercicio, recogiendo los créditos suficientes para atender el cumplimiento de las obligaciones previstas, con la finalidad de no tener que recurrir a los expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos.
  • La entidad debe completar la información que se ofrece en la memoria de la Cuenta General.
  • Las facturas registradas en el Ayuntamiento deben tramitarse, conformarse e integrarse en la contabilidad mediante un circuito de administración electrónica que garantice la fiabilidad del devengo de los gastos y dote de agilidad a la tramitación para reducir el periodo medio de pago de aquellas.
  • Debe elaborarse un manual de funciones y responsabilidades del área de tesorería, en el que se especifique su organización y las funciones asignadas, que deben estar segregadas de las funciones de contabilidad.
  • Se recomienda implantar una aplicación informática integrada con el programa contable que posibilite el adecuado seguimiento y control de los expedientes de contratos menores.
  • Se recomienda el mantenimiento de un registro de contratos, menores y no menores para mejorar el control sobre la contratación, el perfil de contratante y el cumplimiento de los deberes de información al ROCSP y rendición a la Sindicatura de Comptes.
  • El Ayuntamiento debe formalizar la cesión, afectación o adscripción a la sociedad MSU de los inmuebles propiedad del Ayuntamiento que dicha sociedad utiliza para el desarrollo de su actividad.

(1) Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por elque se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económicopara hacer frente al COVID-19.

(2) Registro Oficial de Contratos del Sector Público.


Para ver el informe completo, haga clic aquí: Informe de fiscalización de diversos aspectos de la gestión del Ayuntamiento de Moncada. Ejercicios 2019-2020


NOTA

Este resumen pretende ayudar a comprender los resultados de nuestro informe y facilitar el trabajo a los lectores y a los medios de comunicación. Recomendamos leerlo para conocer el verdadero alcance del trabajo realizado.